Artículo 218 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no llevas tu Cartilla Militar o no puedes comprobar que cumpliste con tus obligaciones del servicio militar cuando un funcionario te lo pida, ese funcionario tiene que avisar por escrito a las autoridades militares. Eso significa que te reporta para que te investiguen o te sancionen por no cumplir con la ley. La Cartilla es el documento que demuestra que hiciste tu servicio militar. En resumen, si no la tienes a la mano, te pueden meter en un problema legal.
Texto oficial
ARTICULO 218.- En el caso de que no se presente la Cartilla o que con ella no se compruebe el cumplimiento de las obligaciones militares ante la autoridad, funcionario o empleado, éste hará la consignación por escrito a las autoridades correspondientes. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERICIO MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-06-1947 31 de 38
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.