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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/217
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
217

Artículo 217 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien va a representar a otra persona y tiene edad para el servicio militar (entre 18 y 40 años, aproximadamente), no solo debe mostrar su propia Cartilla Militar, sino también decir bajo protesta de decir verdad si su representado tiene su cartilla y si ya cumplió con sus obligaciones militares. Es como una promesa formal de que lo que dice es cierto, y si miente, puede tener consecuencias legales.

Texto oficial

ARTICULO 217.- Si la persona que comparezca en representación de otra está en edad militar además de exhibir la Cartilla de Identificación expedida a su favor deberá declarar bajo protesta de decir verdad si su representado tiene o no la que le corresponde y si ha cumplido con sus obligaciones militares.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.