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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/224
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
224

Artículo 224 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si contrataste a alguien para cubrir temporalmente a un trabajador titular (el que tiene el puesto fijo) y ese titular regresa a su empleo, puedes terminar el contrato con el sustituto sin que te demande ni tengas que pagarle alguna compensación. Esto aplica siempre y cuando el sustituto haya sido contratado para reemplazar al titular de manera temporal.

Texto oficial

ARTICULO 224.- Los patrones o jefes al rescindir su contrato de trabajo con los trabajadores sustitutos no incurrirán en ninguna responsabilidad, siempre que el trabajador titular vuelva a ocupar su puesto.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.