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Artículo 224 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si contrataste a alguien para cubrir temporalmente a un trabajador titular (el que tiene el puesto fijo) y ese titular regresa a su empleo, puedes terminar el contrato con el sustituto sin que te demande ni tengas que pagarle alguna compensación. Esto aplica siempre y cuando el sustituto haya sido contratado para reemplazar al titular de manera temporal.

Texto oficial

ARTICULO 224.- Los patrones o jefes al rescindir su contrato de trabajo con los trabajadores sustitutos no incurrirán en ninguna responsabilidad, siempre que el trabajador titular vuelva a ocupar su puesto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.