Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 234 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te notifiquen algo, ya sea en persona o por un aviso público, los plazos empiezan a contar un día después de que te llega esa noticia. Los días que cuentan son los naturales (todos los del calendario), pero se excluyen los domingos, los días festivos nacionales y los que hayan sido declarados como no laborables. Además, no hay forma de que te den más tiempo del establecido; esos plazos no se pueden prorrogar por nada.

Texto oficial

ARTICULO 234.- Los términos comenzarán a correr un día después de que haya sido notificado el interesado personalmente o por las publicaciones respectivas y se contarán por días naturales, excluyendo los domingos, días de fiesta nacional y los que hubieren sido declarados inhábiles. Los términos por ningún motivo podrán ser prorrogados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.