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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/236
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
236

Artículo 236 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a representar a alguien más (como un papá, mamá o tutor), tienes que llevar un documento que demuestre que sí tienes permiso para hacerlo. Por ejemplo, los papás o tutores pueden comprobar que son quienes dicen ser mostrando una copia certificada del acta de nacimiento del niño o un papel que acredite su cargo. También pueden usar un testimonio de personas de confianza, pero ese testimonio debe darse frente a la autoridad que emitió la resolución o donde se está tramitando el asunto. En pocas palabras, necesitas tener algo por escrito que pruebe que tienes derecho a representar a la otra persona.

Texto oficial

ARTICULO 236.- Cuando una persona comparezca en representación de otra, deberá presentarse debidamente autorizada para tal fin. Los que ejerzan la patria potestad o tutela podrán acreditar su personalidad con copia autorizada de las actas de nacimiento o discernimiento del cargo, o con testimonio de personas dignas de fe, rendido ante la autoridad de donde haya emanado la resolución o ante la que se tramite la inconformidad o reclamación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.