Artículo 236 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vas a representar a alguien más (como un papá, mamá o tutor), tienes que llevar un documento que demuestre que sí tienes permiso para hacerlo. Por ejemplo, los papás o tutores pueden comprobar que son quienes dicen ser mostrando una copia certificada del acta de nacimiento del niño o un papel que acredite su cargo. También pueden usar un testimonio de personas de confianza, pero ese testimonio debe darse frente a la autoridad que emitió la resolución o donde se está tramitando el asunto. En pocas palabras, necesitas tener algo por escrito que pruebe que tienes derecho a representar a la otra persona.
Texto oficial
ARTICULO 236.- Cuando una persona comparezca en representación de otra, deberá presentarse debidamente autorizada para tal fin. Los que ejerzan la patria potestad o tutela podrán acreditar su personalidad con copia autorizada de las actas de nacimiento o discernimiento del cargo, o con testimonio de personas dignas de fe, rendido ante la autoridad de donde haya emanado la resolución o ante la que se tramite la inconformidad o reclamación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.