Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta Municipal de Reclutamiento tiene la obligación de ayudarte para que tus exámenes médicos del servicio militar se hagan bien y sin problemas. Ellos deben darte todas las facilidades que estén a su alcance, como horarios accesibles o espacios adecuados. La idea es que el examen se realice de la manera más eficiente y completa posible. En pocas palabras, no te pueden poner trabas; al contrario, deben asegurarse de que todo salga en orden.

Texto oficial

ARTICULO 30.- La Junta Municipal de Reclutamiento deberá prestar todas las facilidades a su alcance para que los exámenes médicos respectivos, se verifiquen con la mayor eficacia posible.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.