Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 39 dice cómo se tienen que comprobar las razones especiales para no cumplir con el servicio militar obligatorio. Si es por motivos médicos, se deben presentar los certificados de un doctor. Para cualquier otra excusa, se pueden usar todas las pruebas permitidas por la ley federal, como documentos o testigos. Esas pruebas se entregan a las autoridades de reclutamiento de la Secretaría de la Defensa Nacional, que son quienes revisan todo y deciden si te dan la razón o no. Ellos deben explicar claramente por qué tomaron esa decisión.
Texto oficial
ARTICULO 39.- Las causas de excepción se comprobarán: I.- Las de orden médico por medio de los certificados respectivos; II.- Las demás utilizando todas las pruebas que autoriza la Legislación Federal, rendidas ante las Autoridades de reclutamiento de la Secretaría de la Defensa Nacional, quienes tendrán facultad para apreciarlas debiendo fundar su resolución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.