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Artículo 55 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres mexicano y cumples 18 años viviendo en el extranjero, puedes pedirle a la Secretaría de la Defensa Nacional que retrase tu entrada al servicio militar por un máximo de cinco años. Esto solo aplica si estás en alguna de estas situaciones: si estás en un caso parecido al del artículo 51 de este reglamento (como ser hijo único o sostén de familia), o si ir al servicio te causaría problemas muy serios, como perder tu trabajo o tus estudios. La decisión la toma la Secretaría, no es automática.

Texto oficial

ARTICULO 55.- Los mexicanos que se encuentren en el extranjero al cumplir los 18 años de edad, podrán obtener el aplazamiento de incorporación a las unidades del activo, hasta por cinco años, a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional, en los siguientes casos: I.- Si se encuentran comprendidos en el artículo 51 de este Reglamento; II.- Si con su incorporación a las unidades del activo se les produjeren graves perjuicios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.