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Artículo 66 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las personas que mantienen económicamente a su familia pueden demostrar que por esa razón están exentos de hacer el servicio militar, usando cualquier tipo de prueba que sea válida según las leyes de México (como actas de nacimiento, comprobantes de ingresos o documentos oficiales). Las autoridades que hacen el reclutamiento son las que deciden si esas pruebas son suficientes o no.

Texto oficial

ARTICULO 66.- Los individuos que sean sostén de familia podrán comprobar que se encuentran por esa causa exceptuados del servicio de las armas, con todos los medios de prueba que reconoce la Legislación Federal. Las autoridades encargadas del reclutamiento tendrán la facultad de apreciar las pruebas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.