Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/67
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
67

Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ejercer una profesión, debes comprobar que realmente estudiaste y te graduaste. Esto se hace mostrando tu título universitario, pero no cualquier copia: tiene que ser el documento original o una copia legalizada. La legalización es un sello o certificación oficial que confirma que el título es auténtico y válido.

Texto oficial

ARTICULO 67.- Los profesionistas deberán acreditarse como tales con la presentación del título expedido a su favor, debidamente legalizado.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.