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Artículo 84 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, la Secretaría de la Defensa Nacional publica una convocatoria para el sorteo del servicio militar. En esa convocatoria, la Secretaría decide cuántos soldados (conscriptos) van a entrar al servicio en cada fecha que ya está marcada por la ley. Esto lo hace siguiendo lo que dice el artículo 9° de esta misma ley. En pocas palabras, cada año se define el número exacto de personas que deberán presentarse en las fechas del sorteo.

Texto oficial

ARTICULO 84.- La Secretaría de la Defensa Nacional fijará anualmente en las convocatorias para el sorteo de acuerdo con lo prevenido en el artículo 9°, el número de conscriptos que debe incorporarse en cada una de las fechas que fija el artículo anterior.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.