Artículo 84 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, la Secretaría de la Defensa Nacional publica una convocatoria para el sorteo del servicio militar. En esa convocatoria, la Secretaría decide cuántos soldados (conscriptos) van a entrar al servicio en cada fecha que ya está marcada por la ley. Esto lo hace siguiendo lo que dice el artículo 9° de esta misma ley. En pocas palabras, cada año se define el número exacto de personas que deberán presentarse en las fechas del sorteo.
Texto oficial
ARTICULO 84.- La Secretaría de la Defensa Nacional fijará anualmente en las convocatorias para el sorteo de acuerdo con lo prevenido en el artículo 9°, el número de conscriptos que debe incorporarse en cada una de las fechas que fija el artículo anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.