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Artículo 117 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 117 dice que si una persona de la reserva militar es llamada al servicio activo durante una guerra y recibe un rango más alto que Capitán 1Q, ese rango se lo queda aunque termine la guerra y lo desmovilicen. Los oficiales de la reserva pueden salir de tres tipos de personas: 1) jóvenes que terminan su año de servicio militar y cumplen con ciertos requisitos, 2) voluntarios del ejército que no vienen de la servidumbre y al terminar su servicio se separan con buena reputación, aún estén en edad de reserva, y 3) sargentos de la reserva que por su conocimiento y constancia merecen ascender, siempre que cumplan con lo del artículo 120. Para que un conscripto o voluntario sea propuesto como Subteniente de complemento, necesita un certificado médico de buena salud, buena conducta comprobada por sus jefes, mostrar que puede mandar una sección, y pasar un examen teórico-práctico de las materias que pida la Secretaría de la Defensa Nacional.

Texto oficial

ARTICULO 117.-Los reservistas que habiendo pa• sado al activo, en caso de guerra obtuviesen un grado superior al de Capitán 1 Q, lo conservarán aún después de la desmovilización. ARTICULO Uí.-Los Oficiales de la Reserva proce• derán además: l.-De los conscriptos que al finalizar su año de servicios en las unidades del· activo satisfagan los re• quisitos que se establecen en el artículo siguiente; H.-De los voluntarios de tropa no procedentes de la servidumbre, que al finalizar su tiempo de servicios en las unidades del activo obtengan dignamente su sepa• ración, se hallen aún dentro de la edad establecida para las Reservas y reúnan los requisitos que se mencionau en el artículo siguiente; III.-De los Sargentos los. que hayan alcanzado es• te grado dentro de las Reservas y que por sus conOCI• mientos y constancia se hagan acreedores al ascenso siempre que reúnan los requisitos que es establecen en el artículo 120. A r~TICULO 110.-Los conscripto<:; y volun~arios a (me i'e reri(~r3n las fracciones 1 v IT del a~'ícuJo anle• rior podrán ser propuestos a la Secretaría de la Dcfen• Fa Nacional para Subtenientes de complemento, por los Comandante, de. sus respectivas unidades siempre c:ue al terminnr f'U tiempo de servicios en los cuC!rpos del ac• tivo, reúnan los reqiusitos siguientes: l.-Que tengan buena salud comprobada mediante certificado médico; H.-Que hayan observado buena conducta, acredita• da por las Jefes de quienes dependan; HI.-Oue den muestras de capacidad para el mando de ur.a ~('f'ción orgánica; IV.-Que sean aprobados en un examen teórico• práctim de las materias c::ue determine la Secretaría de la Defensa Nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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