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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
137

Artículo 137 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 137 habla de cómo se avisa a los reservistas (personas que ya cumplieron su servicio militar o están en la lista de reserva) para que se presenten. Estos avisos se hacen públicos pegando carteles en lugares visibles, publicándolos en el periódico oficial del gobierno y en los diarios más leídos de la zona donde viven, y también se anuncian por radio. Así, nadie puede decir que no se enteró.

Texto oficial

ARTICULO 137.-EI llamado de loe; reservistas, se verifi('ará por convocatorias que se fijarán en los lugares públicos, se publicarán en el "Diario Oficial" y en los periódicos de mayor circulación en la reg-ión a que per• tenezcan los llamados y se daráh .a conocer por med:Q del radio.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 9) ↗

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