Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_orig_10nov42_ima/163
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
163

Artículo 163 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres hombre mexicano en edad de servicio militar, cada año tienes que llevar o enviar tu Cartilla de Identificación Militar entre el 15 de marzo y el 15 de abril. Esto se hace en las oficinas de reclutamiento de tu zona o sector, dependiendo de dónde vivas. Si vives en el extranjero, debes hacer ese trámite en el Consulado de México.

Texto oficial

ARTICULO 163.-Todos los mexicanos de edad mili• tar están obligados a presentar o remitir para su vü;a, la Cartilla de Identificación cada año entre el 15 de marzo y el 15 de abril, a las Oficinas de Reclutamiento de Zona o de Sector, ya sea que residan en la sede de la prim,e• ra o tengan su domicilio en algunos de los municipios jurisdiccionados a la segunda. Si residen en el extranjero, la visa se hará ante el Consulado.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.