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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
179

Artículo 179 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas de reclutamiento en cada zona deben tener, aparte del personal que necesiten para trabajar, tres puestos fijos: un secretario, un médico militar (para revisar a los reclutas) y un archivista (la persona que guarda y organiza los papeles).

Texto oficial

ARTICULO 179.-Las Oficinas .de Reclutamie¡,to de Zona, además del personal que requieran las necesidades del servicio, contará con: r.-Un Secretario; n.-Un Médico Militar; I1I.-Un Archivista.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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