Artículo 206 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Juntas Municipales de Reclutamiento son las autoridades locales que se encargan del servicio militar. Si tienen dudas sobre dónde vive alguien que tiene la edad para hacer el servicio militar, pueden usar a los policías u otros funcionarios públicos para comprobarlo. Es decir, pueden investigar tu domicilio si no están seguros de que el que diste sea el correcto.
Texto oficial
ARTICULO 206.~Las Juntas Municipales de Reclu• tamiento en los casos de duda tendrán el derecho de ve• rificar el domicilio de los mexicanos de edad militar. usando para el efecto de lfs elementos oficiales. ) CAPITULO XX De las atribuciones y deberes de los empadronad~res I
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.