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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
207

Artículo 207 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los empadronadores municipales son las personas que ayudan a las Juntas Municipales de Reclutamiento a hacer su trabajo. Estas juntas eligen a quiénes van a ser empadronadores, y una vez que los nombran, no pueden renunciar ni negarse a hacerlo, porque es un servicio público sin pago. A quien le toque ese cargo, debe cumplir con sus obligaciones de forma honesta, leal y siguiendo al pie de la letra lo que dice la Ley del Servicio Militar y este Reglamento. Además, tiene que ponerle todo el empeño y la responsabilidad posible a su labor.

Texto oficial

ARTICULO 207.-Los empadronadores municipales fprán los colaboradores más importan:tes de las Juntas Municipales de Reclutamiento. Serán designados por és- • tas y sus puestos son irrenunciables y de servicio púb!i• cú honorífico. Los honrados con tal designación pondrán en el cumplimiento de sus deberes el criterio más honra• do, leal y estrictamente apegado a lo que previene la Ley del Servicio Militar y el presente Reglamento, dedicando al desempeño de ~u servicio la máxima cooperación y sen• tido de responsabilidad.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 14) ↗

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