Artículo 207 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los empadronadores municipales son las personas que ayudan a las Juntas Municipales de Reclutamiento a hacer su trabajo. Estas juntas eligen a quiénes van a ser empadronadores, y una vez que los nombran, no pueden renunciar ni negarse a hacerlo, porque es un servicio público sin pago. A quien le toque ese cargo, debe cumplir con sus obligaciones de forma honesta, leal y siguiendo al pie de la letra lo que dice la Ley del Servicio Militar y este Reglamento. Además, tiene que ponerle todo el empeño y la responsabilidad posible a su labor.
Texto oficial
ARTICULO 207.-Los empadronadores municipales fprán los colaboradores más importan:tes de las Juntas Municipales de Reclutamiento. Serán designados por és- • tas y sus puestos son irrenunciables y de servicio púb!i• cú honorífico. Los honrados con tal designación pondrán en el cumplimiento de sus deberes el criterio más honra• do, leal y estrictamente apegado a lo que previene la Ley del Servicio Militar y el presente Reglamento, dedicando al desempeño de ~u servicio la máxima cooperación y sen• tido de responsabilidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.