Artículo 233 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te dan una resolución de la Oficina de Reclutamiento de Zona (como que te llaman a filas), puedes quejarte ante la Oficina Central de Reclutamiento. Pero si la Oficina Central te da una respuesta, ahí ya no puedes hacer nada más, no hay otra instancia. Los plazos para hacer cualquier trámite empiezan a contar un día después de que te notifiquen personalmente o por publicaciones. Se cuentan por días naturales, pero no toman en cuenta domingos, días festivos nacionales ni días inhábiles. Y ojo: esos plazos no se pueden ampliar por ningún motivo.
Texto oficial
ARTICULO 233.-Las re:;oluciones que dicten las Ofi• cinas de Reclutamiento de Zona podrán ser recurridas ante la Oficina Central de Reclutamiento y en contra de [as que ésta d:cte no cabrá ningún recurso ulterior. ARTICULO 23!l.-Los términos comenzarán a co• rrer un día después de que haya sido notificad.) el inte• resado personalmente o por las publicaciones respectivas y se contarán por días naturales, excluyendo los' domingos, dlas de fiesta nacional y los que hubieren sido declarados illháb¡¡es. Los términos por ningún motivo poJr.ín ser prorrogados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.