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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_orig_10nov42_ima/235
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
235

Artículo 235 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tú o la persona que te represente legalmente (como un abogado o alguien con un permiso firmado por ti) pueden presentar quejas o inconformidades si no estás de acuerdo con algo. No importa si lo haces tú mismo o mandas a alguien de tu confianza que tenga permiso para actuar en tu nombre. Lo importante es que quien lo haga tenga el derecho de hacerlo, ya sea por ser el afectado directo o por tener una autorización legal.

Texto oficial

ARTICULO 235.-Las inconformidades, reclamaciones o recursos se podrán interponer por el interesa(~o o por su representante legítimo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.