- Ley
- REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
- Artículo
- 22
Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas de gobierno, por medio de un grupo especial llamado Comité Técnico de Profesionalización, tienen que describir los puestos de trabajo que están en el Catálogo, también definir el perfil que necesitan y los requisitos para ocuparlos. Además, deben registrar esa información y mantenerla actualizada. En palabras simples, cada dependencia se encarga de decir cómo es cada puesto, qué se necesita para ocuparlo y de asegurarse de que esos datos estén correctos y al día.
Texto oficial
Artículo 22.- Las dependencias, a través del Comité Técnico de Profesionalización, son responsables de la descripción, de los perfiles y demás requerimientos de los puestos del Sistema que forman parte del Catálogo, así como de su registro y actualización.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.