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Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, junto con los Comités Técnicos de Profesionalización, tiene que crear exámenes o pruebas para que los trabajadores del gobierno demuestren que tienen las habilidades necesarias para hacer bien su trabajo. Si pasan esas pruebas, pueden conservar su puesto. Esto es para asegurarse de que los servidores públicos se mantengan capacitados y actualizados en lo que hacen.

Texto oficial

Artículo 58.- La Secretaría, en coordinación con los Comités Técnicos de Profesionalización, debe establecer los sistemas de evaluación u homologación que permitan la certificación de las capacidades profesionales, con fines de permanencia de los servidores públicos de carrera, para demostrar que desarrollan y mantienen actualizadas las capacidades requeridas en el desempeño de sus puestos. Artículo reformado DOF 04-01-2024

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.