Artículo 87 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, junto con otras oficinas del gobierno, tiene que hacer un plan anual del sistema. Este plan solo se puede llevar a cabo si hay dinero disponible en el presupuesto de ese año. El plan debe incluir, por lo menos, un diagnóstico de la situación actual, los objetivos que se quieren lograr, las acciones concretas para cada área del sistema y las metas que se pretenden alcanzar.
Texto oficial
Artículo 87.- La Secretaría, en coordinación con las dependencias, debe elaborar el Programa Operativo Anual del Sistema, el cual está sujeto a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal que corresponda, y debe contener, como mínimo, los elementos siguientes: Párrafo reformado DOF 04-01-2024 I. Diagnóstico; II. Objetivos; III. Líneas de acción por subsistema, y IV. Metas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.