Artículo 88 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Sistema tiene que presentar su plan de trabajo del año (el Programa Operativo Anual) al Consejo para que este dé su opinión. Eso debe hacerse en una reunión normal del Consejo, no en una extraordinaria. El Consejo no lo aprueba ni lo rechaza, solo da su punto de vista. La ley se actualizó el 4 de enero de 2024.
Texto oficial
Artículo 88.- El proyecto de Programa Operativo Anual del Sistema debe ser sometido a la opinión del Consejo en su sesión ordinaria. Artículo reformado DOF 04-01-2024
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.