Artículo 106 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto (el IMSS) te va a dar los servicios médicos que cubre este seguro, como consultas, medicinas u operaciones. Todo esto se hace siguiendo las reglas y leyes que aplican para los servicios médicos del seguro social obligatorio. En pocas palabras, lo que te toca recibir está basado en lo que dice la ley del IMSS, no en promesas o acuerdos aparte. No hay más vueltas: si la ley dice que te toca, te lo dan; si no, no.
Texto oficial
Artículo 106. El Instituto proporcionará las prestaciones en especie a que se refiere este seguro, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias que rijan el otorgamiento de los servicios médicos en el régimen obligatorio del seguro social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.