Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Como patrón, tienes que avisarle al IMSS dentro de los 5 días hábiles después de que pase algo que cambie los datos que ya le diste. Por ejemplo, si cierras el negocio, cambias de nombre, dirección o representante legal, o si fusionas tu empresa con otra. Además, debes entregar los papeles que comprueben el cambio y, si aplica, reportar cómo quedan tus trabajadores. También aplica si agregas actividades nuevas, compras maquinaria o equipo, o haces algún contrato que cambie lo que haces en el negocio.
Texto oficial
Artículo 16. Es obligación del patrón comunicar al Instituto la suspensión, reanudación, cambio o término de actividades; clausura; cambio de nombre, denominación o razón social, domicilio o de representante legal; sustitución patronal, fusión, escisión o cualquier otra circunstancia que modifique los datos proporcionados al Instituto, dentro del plazo de cinco días hábiles contado a partir de que ocurra el supuesto respectivo, anexando la documentación comprobatoria y presentando, en su caso, los avisos en que se indique la situación de afiliación de los trabajadores. Los patrones también estarán obligados a lo establecido en el párrafo anterior, cuando exista incorporación de nuevas actividades, compra de activos o cualquier acto de enajenación, arrendamiento, comodato o fideicomiso traslativo, siempre que ello implique un cambio de actividad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.