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Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas para varios jefes y entre todos te pagan más del tope máximo que marca la ley para las cuotas del IMSS, cualquier patrón puede pedir por escrito al Instituto que le permita pagar solo la parte que le toca. Para calcular cuánto debe pagar cada patrón, se divide el tope permitido entre la suma de todos tus salarios reportados; ese resultado se multiplica por el sueldo que cada jefe te paga, y eso es lo que cada uno tiene que aportar. Esta autorización del IMSS sigue vigente hasta que cambie el salario mínimo o tus condiciones de aseguramiento. Así nadie paga de más y tú sigues cubierto.

Texto oficial

Artículo 49. Cuando un trabajador preste servicios a varios patrones y la suma de los salarios rebase el límite superior establecido en el artículo 28 de la Ley, a solicitud por escrito de cualquiera de éstos, el Instituto autorizará a que cubran la parte proporcional de cuotas que les corresponda, de acuerdo con la fórmula siguiente: Se dividirá el tope de cotización entre la suma de los salarios reportados al Instituto por los patrones; el cociente se multiplicará por cada uno de los salarios reportados y el resultado será la base de cotización para cada uno de ellos. La autorización que expida el Instituto por este motivo estará vigente hasta que se modifiquen el salario mínimo general del Distrito Federal o las condiciones de aseguramiento del trabajador.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.