Artículo 14 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tú, como usuario de los sistemas de la Tesorería, tienes que cuidar tu contraseña o llave electrónica como si fuera tuya y de nadie más; no la prestes ni la compartas. Si crees que alguien más la usó sin tu permiso o que ya no es segura, debes pedir una nueva a la Tesorería inmediatamente. Cuando ya no trabajes en el mismo puesto, te cambien de área o renuncies, tienes que avisar para que te quiten el acceso. Y si por descuido, mala intención o a propósito causas algún daño usando esos sistemas, tendrás que pagar los gastos y hasta enfrentar problemas legales o penales.
Texto oficial
Artículo 14. Los usuarios de los equipos o sistemas automatizados relativos a las Funciones de tesorería serán responsables de: I. Resguardar adecuadamente el medio de identificación electrónica para el acceso a los equipos o sistemas automatizados de que se trate, el cual es personal e intransferible; II. Solicitar a la Tesorería un nuevo medio de identificación electrónica cuando detecte o presuma que la integridad o confidencialidad del que le fue otorgado ha sido comprometido o que fue utilizado indebidamente por una tercera persona sin su consentimiento; III. Dar aviso a la Tesorería sobre su baja, cambio de adscripción o de funciones, o de cualquier situación por la que deben dejar de tener acceso a los equipos o sistemas automatizados, y IV. Resarcir en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, los daños y perjuicios que, en su caso, ocasionen por negligencia, mala fe o dolo en el uso de los equipos o sistemas automatizados de que se trate sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o penales en que incurran.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.