Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el cobro del dinero empieza cuando el gobierno recibe pagos o documentos de valor. Para pagar, se pueden usar los medios autorizados por el Código Fiscal de la Federación, como efectivo o transferencia. El dinero se tiene que depositar directamente en cuentas del banco central (Banco de México) o en bancos autorizados por la Tesorería, siempre con una referencia para identificarlo. Cuando haces un pago, te deben dar un comprobante emitido por la Tesorería o por la oficina que recibe el dinero.
Texto oficial
Artículo 22. La función de recaudación inicia con la recepción de Recursos y Valores. Para la recaudación se podrán utilizar como medios de pago los que establezca el Código Fiscal de la Federación. La recaudación de recursos deberá realizarse mediante depósito referenciado en la Cuenta Corriente, en las cuentas bancarias a nombre de la Tesorería en el Banco de México y en las instituciones de crédito y aquellas cuentas que autorice la Tesorería a las Dependencias y Entidades. La recepción de recursos recaudados se comprobará con el recibo que emita la Tesorería o el Auxiliar que corresponda. REGLAMENTO DE LA LEY DE TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 30-06-2017 8 de 36
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