Artículo 21 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La autoridad puede cobrar impuestos y otros recursos tanto en México como en el extranjero. Para hacerlo, debe seguir las reglas que marca la Ley, este Reglamento y cualquier otra norma legal que aplique.
Texto oficial
Artículo 21. La función de recaudación de Recursos y Valores a que se refiere el artículo 21 de la Ley se prestará dentro y fuera del territorio nacional, observando lo dispuesto en dicha Ley, en el presente Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.