Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Tesorería va a revisar que el dinero que dice haber recibido y gastado (en sus reportes) coincida con lo que realmente aparece en sus estados de cuenta del banco. Si hay alguna diferencia entre lo que reportó que le llegó y lo que realmente se depositó en sus cuentas, le va a pedir explicaciones al Auxiliar (la persona o área encargada de manejar los cobros). Esas aclaraciones se harán según lo que hayan acordado en los contratos firmados con el Auxiliar.
Texto oficial
Artículo 6. La Tesorería, con base en la información de su reporte de las operaciones de ingreso y egreso y de los estados de cuenta de la Cuenta Corriente y de las cuentas bancarias a nombre de la Tesorería en el Banco de México y en las instituciones de crédito, efectuará las conciliaciones entre dicho reporte y los estados de cuenta señalados, a fin de realizar los registros contables que se deriven de estas conciliaciones. La Tesorería conciliará con los reportes de las operaciones de ingreso y egreso que elabore el Auxiliar, los montos señalados en dichos reportes por concepto de Concentración con los recursos efectivamente concentrados en la Cuenta Corriente y en las cuentas bancarias a nombre de la Tesorería en el Banco de México y en las instituciones de crédito. En caso de que existan diferencias entre los montos reportados y la Concentración, la Tesorería solicitará al Auxiliar que corresponda las aclaraciones que resulten necesarias de acuerdo a los instrumentos jurídicos celebrados con éste.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.