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Artículo 69 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 69 habla sobre cómo se revisan las garantías (como propiedades o avales) que no tienen que ver con impuestos. Esta revisión la hace la Tesorería o un Auxiliar, checando que los datos de la garantía estén completos y correctos. El objetivo es decidir si esa garantía cumple con lo que pide la ley para ser aceptada. Si todo está en orden, se da el visto bueno; si no, no se acepta.

Texto oficial

Artículo 69. Para efectos del artículo 45 de la Ley, la calificación de las garantías no fiscales consiste en la revisión que realicen la Tesorería o el Auxiliar de la información y datos contenidos en la garantía de que se trate, a fin de determinar si cumple o no con los requisitos para ser aceptada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.