- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 108
Artículo 108 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de una herramienta del Senado llamada "moción de urgente resolución", que sirve para que los senadores traten un tema de inmediato en el pleno (todos juntos) sin necesidad de que pase primero por comisiones (grupos de senadores que lo estudian a fondo). Para que se apruebe esta urgencia, se necesita el voto a favor de al menos dos de cada tres senadores que estén presentes en la sesión. Ojo: esta moción no se puede usar para asuntos que busquen cambiar la Constitución, porque esos requieren un proceso más cuidadoso.
Texto oficial
Artículo 108 1. La moción de urgente resolución tiene por objeto poner un asunto a debate y, en su caso, a votación del Pleno sin pasar a comisiones para su dictamen previo. 2. La moción de urgente resolución es resuelta por el voto aprobatorio de las dos terceras partes de los senadores presentes. 3. La moción de urgente resolución no puede ser invocada tratándose de reformas o adiciones a la Constitución.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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