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Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
165

Artículo 165 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando uno de los diputados propone una nueva ley, también tiene el derecho de echarse para atrás y retirar esa propuesta. Si la propuesta la firmaron varios diputados, todos deben estar de acuerdo para retirarla por completo; si no, solo se anota quiénes ya no la apoyan, pero la propuesta sigue en pie. El retiro se le avisa al Presidente de la Cámara antes de que se emita un dictamen (el análisis oficial de la propuesta). Después, se les informa a todos los diputados en el Pleno y a las comisiones encargadas del tema.

Texto oficial

Artículo 165 1. El derecho de presentar una iniciativa conlleva también el de retirarla. Cuando la iniciativa haya sido suscrita por más de un legislador, se requiere que la totalidad de los firmantes manifiesten su voluntad de retirarla; en caso contrario, sólo se tomará nota de quienes retiran su firma. 2. El retiro de una iniciativa se comunica al Presidente antes de que sea dictaminada. De ello, se informa al Pleno y a las comisiones que corresponda.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 47) ↗

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