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Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
174

Artículo 174 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El turno es una decisión que toma la persona que preside la sesión para mandar un tema a la comisión o comisiones que deben revisarlo. Es como cuando en una junta el jefe dice “esto pásenlo al área de finanzas” para que lo estudien. Esa instrucción y los documentos relacionados se entregan por escrito, usando medios electrónicos o digitales que la Mesa haya autorizado, como un correo o un sistema en línea. Esto aplica desde noviembre de 2022, cuando se agregó esta regla.

Texto oficial

Artículo 174 1. El turno es la resolución de trámite que dicta la Presidencia durante las sesiones, para enviar a la comisión o comisiones que correspondan los asuntos de los que se da cuenta al Pleno. 2. Los documentos y turnos que se envían en cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior se harán en forma escrita a través de los medios electrónicos y digitales aprobados por la Mesa. Numeral adicionado DOF 11-11-2022 REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-12-2024 50 de 120

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 49) ↗

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