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Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
76

Artículo 76 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un senador quiere hablar en la sesión, primero debe pedir permiso al presidente. Dependiendo de lo que vaya a decir, tiene un tiempo límite: por ejemplo, si presenta una propuesta de ley, tiene hasta 10 minutos; si habla a favor o en contra de algo, solo 5 minutos. También puede pedir la palabra desde su lugar sin subir al podio, pero ahí solo tiene 3 minutos para cosas como hacer preguntas o aclarar dudas. Si necesita que alguien más lea un texto corto, puede pedirlo y ese tiempo extra no cuenta en su límite. Además, si muestra algún documento o material, el presidente lo guarda para después.

Texto oficial

Artículo 76 1. Los senadores hacen uso de la palabra en tribuna, previa autorización del Presidente, de acuerdo con el Orden del Día, para los siguientes efectos y sujetándose a los tiempos que para cada caso se indica: I. Presentación de iniciativas, hasta por diez minutos; II. Presentación de dictámenes a nombre de las comisiones, hasta por diez minutos, excepto cuando se trata de reformas constitucionales, en cuyo caso se cuenta hasta con quince minutos, en una o varias intervenciones; III. Presentación de voto particular, hasta por seis minutos; Fracción reformada DOF 06-12-2024 IV. Posicionamiento de grupo parlamentario, hasta por diez minutos; V. Intervenciones en contra o a favor, hasta por cinco minutos; VI. Respuestas a preguntas que se le formulen durante su intervención, hasta por tres minutos, adicionales a la misma; VII. Referencia a alusiones personales, hasta por cinco minutos; VIII. Rectificación de hechos, hasta por cinco minutos; IX. Formulación de proposiciones con punto de acuerdo, hasta por cinco minutos; X. Intervenciones en agenda política, hasta por diez minutos; y REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-12-2024 24 de 120 XI. Conmemoración de efemérides, hasta por diez minutos. 2. Los senadores hacen uso de la palabra desde su escaño, previa autorización del Presidente, por no más de tres minutos, en los siguientes casos: I. Para formular observaciones al Orden del Día; II. Para realizar precisiones al acta de la sesión anterior; III. Para presentar mociones; IV. Para formular preguntas al orador en tribuna; V. Para solicitar aclaraciones de procedimiento, rectificación o ampliación de turno; y VI. Para solicitar verificación del quórum. 3. Los senadores, sea desde su escaño o en tribuna, pueden solicitar al Presidente instruya a la Secretaría dar lectura a algún texto breve relacionado con el tema de que se trata. De ser procedente, el tiempo de la lectura no excede a cinco minutos y es adicional al que tiene derecho el orador. 4. Si durante su intervención un senador presenta al Pleno cualquier material o documento relativo al tema de que se trata, el Presidente instruye a la Secretaría se resguarde para los efectos a que haya lugar.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 23) ↗

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