- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 79
Artículo 79 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando pidas que se corrija algo que se dijo sobre ti, solo puedes señalar qué parte de la información está mal y dar las razones por las que es incorrecta, de manera clara y breve. No puedes agregar otras quejas, opiniones ni insultos. Es como cuando en la escuela te equivocas en una respuesta y solo dices "esto está mal porque así es como realmente pasó", sin desviarte del tema.
Texto oficial
Artículo 79 1. La rectificación de hechos se limita exclusivamente a enunciar los que, habiendo sido referidos, se estiman incorrectos y a exponer clara y concisamente las razones que se tienen para ello.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.