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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1059

Artículo 1059 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando algo se considera "aparente", significa que se nota a simple vista porque hay señales o trabajos que lo hacen evidente. Por ejemplo, si ves una bomba de agua en un terreno con tuberías conectadas, se entiende que ahí hay un sistema listo para usarse. La ley dice que esas cosas cuentan como visibles para todo mundo, aunque no haya un letrero o un papel que lo explique. En corto, si se ve que está dispuesto para usarse, se toma como que ya está en servicio o disponible.

Texto oficial

Art. 1059.- Son aparentes las que se anuncian por obras o signos exteriores, dispuestos para su uso y aprovechamiento.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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