Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/1095
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1095

Artículo 1095 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La indemnización se refiere al pago que te deben dar por algún daño o perjuicio. Este artículo dice que tienes un plazo para reclamar ese pago, y si no lo haces a tiempo, pierdes el derecho a hacerlo (eso es "prescribir"). Pero ojo: aunque ya no puedas reclamar, lo que ya te dieron o lograste antes no se quita. En otras palabras, si dejaste pasar el tiempo, ya no puedes exigir más, pero lo que ya recibiste te lo quedas. Es como que se cierra la puerta para pedir, pero lo obtenido es tuyo para siempre.

Texto oficial

Art. 1095.- La acción para reclamar esta indemnización es prescriptible; pero aunque prescriba, no cesa por este motivo el paso obtenido.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.