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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1129

Artículo 1129 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un terreno que se beneficia de un derecho (como pasar por otro) es de varios dueños, y uno solo lo usa, ese uso cuenta para todos los demás. Así, aunque los otros no lo usen, el derecho no se pierde por el paso del tiempo (prescripción). En pocas palabras, con que uno de los copropietarios lo ejerza, todos quedan protegidos legalmente.

Texto oficial

Art. 1129.- Si el predio dominante pertenece a varios dueños proindiviso, el uso que haga uno de ellos aprovecha a los demás para impedir la prescripción.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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