- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1129
Artículo 1129 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un terreno que se beneficia de un derecho (como pasar por otro) es de varios dueños, y uno solo lo usa, ese uso cuenta para todos los demás. Así, aunque los otros no lo usen, el derecho no se pierde por el paso del tiempo (prescripción). En pocas palabras, con que uno de los copropietarios lo ejerza, todos quedan protegidos legalmente.
Texto oficial
Art. 1129.- Si el predio dominante pertenece a varios dueños proindiviso, el uso que haga uno de ellos aprovecha a los demás para impedir la prescripción.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.