- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 115
Artículo 115 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El acta de divorcio es como el papel oficial que comprueba que ya te divorciaste. Ahí deben aparecer tus datos y los de tu expareja: nombre completo, edad, domicilio y de qué país son. También tiene que incluir la parte donde el juez o la autoridad decidió que el divorcio procedía, además de la fecha en que se tomó esa decisión y quién la firmó. En pocas palabras, es el documento que resume todo lo importante del divorcio para que quede por escrito.
Texto oficial
Art. 115.- El acta de divorcio contendrá nombres, apellidos, edad, domicilio y nacionalidad de los divorciados, la parte resolutiva de la resolución judicial o administrativa, en su caso, fecha y la autoridad que la dictó. (REFORMADO, P.O. 14. DE DICIEMBRE DE 2016)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.