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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
115

Artículo 115 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El acta de divorcio es como el papel oficial que comprueba que ya te divorciaste. Ahí deben aparecer tus datos y los de tu expareja: nombre completo, edad, domicilio y de qué país son. También tiene que incluir la parte donde el juez o la autoridad decidió que el divorcio procedía, además de la fecha en que se tomó esa decisión y quién la firmó. En pocas palabras, es el documento que resume todo lo importante del divorcio para que quede por escrito.

Texto oficial

Art. 115.- El acta de divorcio contendrá nombres, apellidos, edad, domicilio y nacionalidad de los divorciados, la parte resolutiva de la resolución judicial o administrativa, en su caso, fecha y la autoridad que la dictó. (REFORMADO, P.O. 14. DE DICIEMBRE DE 2016)

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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