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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1181

Artículo 1181 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El heredero recibe todo lo que dejó la persona que falleció, como dinero, casa o cosas, pero no con un límite específico por cada objeto, sino con todo en conjunto. Eso significa que, si había deudas o gastos pendientes (como préstamos o impuestos), él tiene que pagarlos, pero solo con lo que recibió de la herencia. Es decir, si lo que heredó no alcanza para cubrir las deudas, no tiene que sacar de su propio dinero para pagarlas. Su responsabilidad termina donde se acaban los bienes heredados.

Texto oficial

Art. 1181.- El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la herencia hasta donde alcance la cuantía de los bienes que hereda.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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