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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1203

Artículo 1203 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que no pueden hacer su testamento son, primero, los niños y adolescentes menores de 16 años, sean hombres o mujeres. Y segundo, quienes de manera constante o de vez en cuando no están en sus plenos sentidos, es decir, que no razonan con claridad. Esto significa que, si no cumples esas condiciones, sí puedes dejar tus bienes en un testamento.

Texto oficial

Art. 1203.- Están incapacitados para testar: (REFORMADA, P.O. 26 DE JUNIO DE 2026) I.- Las niñas, niños o adolescentes que no han cumplido dieciséis años de edad, ya sean hombres o mujeres; II.- Los que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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