- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1209
Artículo 1209 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, para saber si una persona podía hacer su testamento de forma válida, lo más importante es cómo estaba su mente y su salud en el momento exacto en que lo firmó. No importa cómo estaba antes o después, sino su estado ese día. Por ejemplo, si alguien estaba muy enfermo o confundido cuando firmó, eso puede hacer que el testamento no valga. En resumen, se juzga la capacidad de la persona justo cuando hace el testamento.
Texto oficial
Art. 1209.- Para juzgar de la capacidad del testador se atenderá especialmente al estado en que se halle al hacer el testamento. CAPITULO III DE LA CAPACIDAD PARA HEREDAR
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