- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1239
Artículo 1239 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien quiere demandar para que declaren que una persona no podía heredar, solo tiene tres años para hacerlo desde que el heredero ya está disfrutando de lo que le tocó. Después de ese tiempo, ya no puede pelear eso. Pero hay una excepción: si la razón para decir que no podía heredar es por un tema de interés público (como algo que afecta a todos), entonces no importa cuánto tiempo pase, siempre se puede reclamar. En resumen, hay un límite de tiempo para impugnar, salvo cuando lo que está en juego es el bien de la sociedad.
Texto oficial
Art. 1239.- No puede deducirse acción para declarar la incapacidad, pasados tres años desde que el incapaz esté en posesión de la herencia o legado; salvo que se trate de incapacidades establecidas en vista del interés público, las cuales en todo tiempo pueden hacerse valer.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.