Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/1299
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1299

Artículo 1299 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te deja en su testamento "una cosa con todo lo que comprenda", eso no significa que te toquen los papeles que demuestran que es de él, ni las deudas que otras personas le deben. Para que esos documentos o cobros sean tuyos, tienen que estar escritos claramente en el testamento. Es decir, solo te dan lo que se menciona de forma específica, no todo lo que rodea a esa cosa.

Texto oficial

Art. 1299.- Cuando se legue una cosa con todo lo que comprenda, no se entenderá legados los documentos justificantes de propiedad, ni los créditos activos, a no ser que se hayan mencionado especificamente.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.