- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1299
Artículo 1299 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te deja en su testamento "una cosa con todo lo que comprenda", eso no significa que te toquen los papeles que demuestran que es de él, ni las deudas que otras personas le deben. Para que esos documentos o cobros sean tuyos, tienen que estar escritos claramente en el testamento. Es decir, solo te dan lo que se menciona de forma específica, no todo lo que rodea a esa cosa.
Texto oficial
Art. 1299.- Cuando se legue una cosa con todo lo que comprenda, no se entenderá legados los documentos justificantes de propiedad, ni los créditos activos, a no ser que se hayan mencionado especificamente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.