- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1316
Artículo 1316 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una herencia te deja la obligación de hacer algo, como terminar una construcción o entregar un objeto, y aceptas la herencia, entonces tienes que cumplir sí o sí con eso. O sea, no puedes aceptar lo bueno (como dinero o propiedades) y luego decir "ah, no, eso no lo hago". Aceptar la herencia significa que también te haces responsable de las tareas que venían con ella.
Texto oficial
Art. 1316.- Si la carga consiste en la ejecución de un hecho, el heredero o legatario que acepte la sucesión queda obligado a prestarlo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.