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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1319

Artículo 1319 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el testamento dice que el heredero puede elegir entre varias cosas, tiene derecho a dar la más barata o de menor valor. Pero si quien elige es la persona que recibe el regalo (el legatario), entonces puede pedir la que valga más. O sea, la ley favorece al que recibe, no al que hereda, cuando hay opción de escoger.

Texto oficial

Art. 1319.- Si el heredero tiene la elección, puede entregar la cosa de menor valor; si la elección corresponde al legatario, puede exigir la cosa de mayor valor.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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