- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1319
Artículo 1319 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testamento dice que el heredero puede elegir entre varias cosas, tiene derecho a dar la más barata o de menor valor. Pero si quien elige es la persona que recibe el regalo (el legatario), entonces puede pedir la que valga más. O sea, la ley favorece al que recibe, no al que hereda, cuando hay opción de escoger.
Texto oficial
Art. 1319.- Si el heredero tiene la elección, puede entregar la cosa de menor valor; si la elección corresponde al legatario, puede exigir la cosa de mayor valor.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.