- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1333
Artículo 1333 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona te deja en su testamento algo que ya es tuyo, ese regalo no vale. La ley dice que no tiene sentido heredar algo que ya te pertenece. Entonces, aunque aparezca en el testamento, no tienes derecho a reclamarlo como herencia porque ya lo tenías. Es una regla para evitar confusiones o dobles dueños. En pocas palabras: no se puede heredar lo que ya es de uno.
Texto oficial
Art. 1333.- Es nulo el legado de cosa que al otorgarse el testamento pertenezca al mismo legatario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.