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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1333

Artículo 1333 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona te deja en su testamento algo que ya es tuyo, ese regalo no vale. La ley dice que no tiene sentido heredar algo que ya te pertenece. Entonces, aunque aparezca en el testamento, no tienes derecho a reclamarlo como herencia porque ya lo tenías. Es una regla para evitar confusiones o dobles dueños. En pocas palabras: no se puede heredar lo que ya es de uno.

Texto oficial

Art. 1333.- Es nulo el legado de cosa que al otorgarse el testamento pertenezca al mismo legatario.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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