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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1334

Artículo 1334 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el testador deja en su testamento algo que no es totalmente suyo, sino que una parte es de otra persona, y el testador sabía que no era dueño de todo, entonces el legado sí es válido, pero solo por la parte que sí le pertenece a él. La parte que es del tercero no se incluye en el regalo. Es decir, el que recibe el legado solo se queda con la porción que era del testador, no con la parte ajena. Si el testador no sabía que la cosa no era completamente suya, la regla no aplica igual.

Texto oficial

Art. 1334.- Si en la cosa legada tiene alguna parte el testador o un tercero sabiéndolo aquél, en lo que a ello corresponda, vale el legado.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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