- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1334
Artículo 1334 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador deja en su testamento algo que no es totalmente suyo, sino que una parte es de otra persona, y el testador sabía que no era dueño de todo, entonces el legado sí es válido, pero solo por la parte que sí le pertenece a él. La parte que es del tercero no se incluye en el regalo. Es decir, el que recibe el legado solo se queda con la porción que era del testador, no con la parte ajena. Si el testador no sabía que la cosa no era completamente suya, la regla no aplica igual.
Texto oficial
Art. 1334.- Si en la cosa legada tiene alguna parte el testador o un tercero sabiéndolo aquél, en lo que a ello corresponda, vale el legado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.