- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1337
Artículo 1337 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador (la persona que hace el testamento) deja en su testamento una cosa que en realidad es del heredero o del legatario (las personas que reciben la herencia), y el testador no sabía que esa cosa no era suya, entonces ese regalo o legado no vale nada. O sea, se anula porque no se puede dejar en herencia algo que no es de uno, aunque fuera sin mala intención. Pero ojo, esto solo pasa si el testador no sabía que no era su dueño. Si lo sabía, el legado sí podría ser válido.
Texto oficial
Art. 1337.- Si el testador ignoraba que la cosa fuese propia del heredero o del legatario, será nulo el legado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.